BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN “SORTEO DE 1 AÑO DE LUZ GRATIS”
1. EMPRESA ORGANIZADORA
Feebbo Solutions, S.L.U. (en adelante “el Organizador” o “Feebbo”), con domicilio en la C/ Serrano 42 - 4º A, 28001 Madrid, y CIF B13515622, organiza la promoción “Sorteo de 1 año de luz gratis” (en adelante “la Promoción”), que se regirá por las siguientes bases legales (en adelante, “las Bases Legales”), disponibles en https://sortealoya.com/sorteos/energia-oct/legal/bases-sorteo.html.
2. OBJETO DE LA PROMOCIÓN
El objeto de esta Promoción es incentivar el registro de usuarios interesados en recibir una comparativa de tarifas de energía, seleccionando mediante sorteo a un (1) participante que será ganador del premio “1 año de luz gratis”.
El premio consiste en el abono por parte del Organizador del importe de las facturas de suministro eléctrico de la vivienda habitual del ganador durante doce (12) meses consecutivos, hasta un importe máximo total de mil doscientos euros (1.200 €), IVA e impuestos incluidos. El premio se materializará en los términos previstos en el apartado 8 de estas Bases.
3. PERIODO DE VIGENCIA
El Periodo de Vigencia comenzará el 1 de octubre de 2026 a las 00:00 horas (hora peninsular española) y finalizará el 31 de diciembre de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española). Ambos días incluidos.
4. ÁMBITO TERRITORIAL
La presente Promoción será válida para todo el territorio nacional, incluidas las Islas Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
5. LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR
Podrán participar en la Promoción todas las personas físicas mayores de 18 años, con residencia legal en España, que sean titulares (o convivan con el titular) de un contrato de suministro eléctrico para una vivienda situada en territorio español.
Los participantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años y residir legalmente en territorio español.
- Cumplimentar íntegramente el formulario de participación con datos veraces dentro del Periodo de Vigencia y aceptar las presentes Bases Legales, el Aviso Legal y la Política de Privacidad.
- Está prohibido facilitar datos de terceros sin su consentimiento previo, así como facilitar datos inexactos o falsos.
- La participación está limitada a una por persona; Feebbo se reserva el derecho de excluir participaciones duplicadas (mismo teléfono).
- El premio es personal e intransferible; en caso de que el ganador no pueda o no desee aceptarlo, se pasará al primer reserva y, agotados estos, el premio quedará desierto. No podrá ser canjeado por su valor en metálico ni por otro premio.
Feebbo se reserva el derecho a excluir de la Promoción a cualquier participante que altere, perjudique o de cualquier forma amenace el buen funcionamiento y desarrollo normal y reglamentario de la Promoción, así como a quien perjudique o dañe la imagen de Feebbo, de sus colaboradores o del resto de participantes.
No podrán participar en la Promoción:
- Trabajadores de Feebbo y sus filiales, así como sus cónyuges o familiares hasta segundo grado.
- Trabajadores, sus cónyuges y familiares hasta segundo grado de cualquier empresa colaboradora involucrada en la Promoción.
- Personas que hayan solicitado la supresión de sus datos antes o durante el proceso de extracción de ganadores.
La aceptación de la casilla de cesión de datos a empresas energéticas es opcional y en ningún caso condiciona la participación en el sorteo ni las posibilidades de resultar ganador.
6. DEPÓSITO Y ACCESIBILIDAD
Las Bases Legales quedan publicadas y accesibles a todos los participantes y público en general en la siguiente dirección web: https://sortealoya.com/sorteos/energia-oct/legal/bases-sorteo.html
7. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
- Inscripción
Durante el Periodo de Vigencia, los usuarios que lo deseen podrán participar en la Promoción de la siguiente manera:
- Acceder al sitio web https://sortealoya.com/sorteos/energia-oct/
- Cumplimentar el formulario de participación con nombre y apellidos, teléfono y responder a las dos preguntas sobre su situación energética.
- Aceptar el Aviso Legal, las presentes Bases Legales y la Política de Privacidad marcando la casilla obligatoria.
- Pulsar el botón “Participar”. Tras el envío correcto del formulario, el usuario quedará inscrito en el sorteo.
- Sorteo y selección del ganador
Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la finalización del Periodo de Vigencia, se realizará un sorteo aleatorio entre todos los participantes válidos a través de la plataforma sortealoya.com (Feebbo Solutions S.L.U., CIF B13515622, domicilio C/ Serrano 42 - 4º A, Madrid, Registro Mercantil de Madrid, Tomo 42685, Folio 129, Sección 8, Hoja M 754918).
En el sorteo se elegirá un (1) ganador y tres (3) reservas, ordenados, para cubrir la plaza del ganador en caso de que este no cumpla con los requisitos establecidos, no pueda ser localizado o no acepte debidamente el premio.
8. PREMIO
El ganador obtendrá el premio “1 año de luz gratis”, consistente en el reembolso de las facturas de electricidad de su vivienda habitual durante doce (12) meses consecutivos, contados desde el mes siguiente a la aceptación del premio, hasta un máximo total de 1.200 €.
Mecánica de disfrute del premio: el ganador remitirá mensualmente al Organizador copia de la factura eléctrica abonada correspondiente a la vivienda indicada en la aceptación del premio. El Organizador reembolsará el importe de cada factura mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada por el ganador en un plazo máximo de treinta (30) días desde su recepción, hasta agotar el importe máximo del premio o el periodo de doce meses, lo que ocurra primero.
El premio es válido con independencia de la comercializadora eléctrica con la que el ganador tenga contratado el suministro. El ganador no está obligado a cambiar de compañía ni a contratar producto alguno para disfrutar del premio.
El ganador no podrá solicitar el cambio del Premio por otro equivalente, ni su equivalente económico en un pago único, pero sí podrá renunciar al mismo, en cuyo caso no existirá compensación alguna por ello.
El Organizador se reserva el derecho a cambiar en cualquier momento el Premio por otro de similares características y valor en caso de que no pudiese disponer del mismo para su entrega.
9. COMUNICACIÓN AL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO
La comunicación al ganador se realizará a partir del día siguiente a la celebración del sorteo mediante llamada telefónica y/o SMS/WhatsApp al teléfono facilitado en el formulario de participación.
La comunicación telefónica se realizará en tres ocasiones en un periodo de 5 días laborables, en horario comercial (de 9 a 19 horas). En caso de no recibir la aceptación/respuesta por parte del ganador, se procederá a contactar con el primero de los reservas, con la misma mecánica, y así sucesivamente hasta agotar el número de reservas. Agotados los reservas, el premio quedará desierto.
En la comunicación de obtención del Premio se facilitará una dirección de correo electrónico a la que el ganador deberá enviar, en el plazo máximo de cinco (5) días, copia de la siguiente documentación:
- Carta de aceptación del Premio firmada, cuyo modelo se remitirá junto con la comunicación.
- Copia del DNI/NIE del ganador.
- Copia de la última factura eléctrica de la vivienda habitual, en la que figure como titular el ganador o una persona conviviente en la misma dirección.
- Número de cuenta bancaria (IBAN) de su titularidad para los reembolsos.
- Información que se requiera para cumplimentar las obligaciones tributarias.
El Organizador se reserva en todo caso el derecho a solicitar la exhibición de los originales de los citados documentos.
El nombre y la inicial del primer apellido del ganador se publicarán en la sección “Ganadores” de la web https://sortealoya.com/
El ganador exime al Organizador de cualquier responsabilidad derivada de cualquier perjuicio que pudiera sufrir en el disfrute del premio objeto de la presente Promoción.
10. DERECHOS DE IMAGEN
Todos los Participantes autorizan al Organizador a reproducir, utilizar y difundir su nombre e inicial del primer apellido y, en su caso, imagen, en cualquier actividad publicitaria o promocional que esté relacionada con la Promoción sin que dicha difusión les confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del Premio ganado conforme a estas Bases Legales.
11. PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales facilitados por los participantes serán tratados por Feebbo Solutions, S.L.U. como responsable del tratamiento con la finalidad de gestionar la Promoción y, con el consentimiento expreso del participante, remitirle una comparativa energética y ceder sus datos a las empresas energéticas colaboradoras. Toda la información sobre el tratamiento de datos, incluidas las empresas destinatarias y el ejercicio de derechos, se encuentra en la Política de Privacidad. Contacto del Delegado de Protección de Datos: dpo+tarifaluz@feebbo.com.
12. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDADES
El Organizador no se responsabiliza de posibles fallos o anomalías del servicio o la conectividad producidas por plataformas/aplicaciones tecnológicas que puedan afectar al funcionamiento de la Promoción. Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de las plataformas/aplicaciones tecnológicas por parte de los usuarios dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en la Promoción. Si dicho uso indebido (con o sin intención de fraude) provocara el mal funcionamiento de la misma, el Organizador quedará exonerado de toda responsabilidad, pudiendo anular la Promoción.
El Organizador no es responsable del suministro eléctrico ni de las condiciones contractuales que el ganador mantenga con su comercializadora. Las comercializadoras energéticas mencionadas en el sitio web o en la Política de Privacidad no organizan, patrocinan ni participan en la Promoción.
El participante asume toda la responsabilidad derivada de su registro y participación en la presente Promoción, siendo el único responsable de todo efecto directo o indirecto que se derive del mismo, obligándose a mantener indemne al Organizador.
13. ACEPTACIÓN DE LAS BASES LEGALES
Con su participación en la Promoción el participante acepta las Bases Legales. El Participante acepta que el Organizador pueda aplazar, acortar, prorrogar, modificar, cancelar o suspender la Promoción si fuera necesario, sin que ello implique ninguna responsabilidad para el Organizador, quien lo comunicará tan pronto como sea posible en la web https://sortealoya.com/
El Organizador queda facultado para resolver cualquier contingencia no prevista en las presentes Bases Legales, así como para interpretar las mismas, sin perjuicio de lo señalado en estas bases en caso de controversia.
14. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
La interpretación y el cumplimiento de las Bases Legales se regirán por la legislación española vigente. El Organizador se reserva el derecho de actuar contra quienes sobre esta Promoción establezcan sistemas de especulación o de negocios, en cuyo caso podrá ejercer las acciones legales que se estimen oportunas.
El Organizador y los Participantes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en relación con las Bases o la Promoción a los juzgados y tribunales de Madrid capital, salvo que la normativa de consumidores establezca un fuero imperativo distinto.
15. FISCALIDAD
Al premio del presente Sorteo le será de aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o, en su caso, el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Impuesto sobre la Renta de No Residentes; así como sus correspondientes Reglamentos y demás normativa de desarrollo.
Al tratarse de un premio cuyo valor supera los 300 €, corresponderá y será por cuenta exclusiva del Organizador el pago del ingreso a cuenta correspondiente, a los tipos que resulten vigentes a fecha de devengo. El ingreso a cuenta no será repercutido al premiado, por lo que supondrá un mayor valor del premio percibido.
El Organizador remitirá al ganador, con anterioridad a la apertura del plazo de declaración del Impuesto, el correspondiente certificado de retenciones e ingresos a cuenta referente al ejercicio de devengo del premio.
El no disfrute del Premio por parte del Participante ganador no le eximirá de computar el valor del mismo como ganancia patrimonial a efectos de su declaración de IRPF. El Organizador no será en ningún caso responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del Premio.